Oleo del maestro Demetrio Jiménez

 

Informe Especial

 

Enfermedades de Alto Costo


 

Presente y Futuro de la atención de Enfermedades de Alto Costo en Colombia


 
Aporte a la discusión sobre el desarrollo del SGSSS
RESUMEN EJECUTIVO


 Documento preparado por las instituciones prestadoras de servicios que manejan enfermedades de alto costo 

 

El Sistema General de Seguridad Social en Salud ha significado un avance trascendental en la posibilidad de garantizar el acceso al tratamiento de enfermedades de alto costo para muchos  colombianos. Sin embargo, existen aún grandes dificultades para que el derecho a la Seguridad Social en Salud sea una realidad para todos, y este hecho, junto con graves problemas en la aplicación y desarrollo de la Ley, su modulación y reglamentación, que impiden un desarrollo equilibrado de los distintos actores, amenaza la estabilidad misma del Sistema y de las entidades públicas y privadas comprometidas en la prestación de servicios, bien directamente o como proveedores de insumos.

A siete años de expedido el estatuto de salud y seguridad social, y cinco años después de puesta en marcha la Ley 100 de 1993, se reconoce que aproximadamente el 55% de la población colombiana está cubierto por el Sistema, mientras el 45% de la población aún no goza de este derecho. La población no asegurada logra de una forma u otra ingresar al Régimen Contributivo o al Subsidiado por vías legales o "ilegales"-, lo que significa que el costo de su atención termina siendo de todos modos asumido por el Sistema, razón por la cual este refleja unos gastos per cápita en la población afiliada más elevados de los que deberían corresponder a las tasas reales de morbilidad sobre la población general.

Adicionalmente, el riesgo no se ha distribuido uniformemente entre las aseguradoras, de tal modo que, en el Régimen Contributivo, aún hoy el Instituto de Seguros Sociales cubre cerca del 80% de los pacientes de alto costo, a pesar de contar con menos del 40% de los afiliados a este régimen. Las cifras en años anteriores conservan igual desproporción y tal comportamiento del Sistema ha ocasionado dos graves consecuencias: la primera, que se consideren desde esta perspectiva las enfermedades de alto costo como no financiables o responsables de la crisis de esta institución, en lugar de considerar responsable de tal "sobrecosto" para el ISS a la inadecuada distribución de los riesgos en el Sistema, cuya responsabilidad está en cabeza del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud; la segunda, el hecho de que los efectos financieros negativos para dicha institución -que se estiman en cientos de miles de millones al año y que, sumados a otros derivados de su naturaleza pública, originan el grave problema de iliquidez de la institución del Estado-, son descargados a su vez sobre los proveedores de servicios y, directa o indirectamente, también sobre los proveedores de insumos para la prestación de los mismos.

Los problemas derivados de esta inadecuada distribución de las enfermedades de alto costo se acrecientan día a día, y no tendrán solución definitiva hasta tanto el Gobierno haga realidad las intenciones de repartir el riesgo equitativamente en el Sistema, Tal distribución uniforme sólo se logrará mediante la universalización del reaseguro para toda la población colombiana, considerando fuentes alternas de financiamiento para los vinculados.  El excelente ejemplo del "reaseguro" para vinculados de la Secretaría de Salud de Bogotá es prueba de que la aplicación de la fórmula es posible y representa un enorme beneficio para las comunidades, sin afectar las finanzas de los hospitales públicos.

En conclusión, es necesario que la dirección del Sistema, en cabeza del Ministerio de Salud y el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, asuman la responsabilidad de crear un sistema único de "reaseguro", para superar de esta forma el riesgo de iliquidez y quiebra periódica y consecutiva de Empresas Promotoras de Salud por no tomar decisiones frente al comportamiento y la tendencia comprobadas del alto costo en el Sistema. En otras palabras, se generaría un peligroso efecto de dominó que afectaría a todos, pero en especial a las EPS que han demostrado mayor eficiencia. Adicionalmente a la distribución equitativa de la siniestralidad, no puede dejarse de lado el desarrollo del principio de universalidad en el Sistema, pues únicamente cuando se logre tal propósito perderá toda importancia el hecho de que los pacientes de alto costo produzcan fenómenos de selección adversa hacia las aseguradoras.

Entre tanto se dan, sin embargo, soluciones de fondo, deberían considerarse alternativas provisionales para dar respuesta a los grupos poblacionales de bajos recursos sin aseguramiento, como la creación de una subcuenta en el Fondo de Solidaridad para cofinanciar la atención de enfermedades de alto costo, la destinación de los excedentes de la ECAT para estas patologías o incluso buscar la forma de restablecer el IVA social para atender a los niños y ancianos desprotegidos y que padezcan estas enfermedades.

   

La relación EPS / IPS

El diseño del Sistema de Seguridad Social en Salud, definido como pluralismo estructurado, trae implícita la competencia entre aseguradores y entre prestadores, doble competencia que a su vez imprime unas condiciones particulares en la relación de estos dos actores centrales del Sistema, para garantizar la calidad y la eficiencia en la provisión de servicios. 

La defensa de la libertad del afiliado a la seguridad social para elegir al prestador del servicio de salud, que no existe en la práctica (como lo demuestra la Encuesta Nacional de Calidad de la Defensoría del Pueblo elaborada por el señor Delegado para la Salud y la Seguridad Social en Septiembre de 2.000), es la vía adecuada para garantizar la calidad en la prestación de servicios y frenar comportamientos especulativos, desviación de recursos, el traslado del riesgo financiero a los prestadores, o simplemente la burla al principio de libre escogencia.  

Sin embargo, el problema que más sobresale en la coyuntura actual del Sistema, pertinente a la relación de las EPS con las IPS, es la inoportunidad en los pagos de las cuentas, aspecto en el que, a pesar de algunos esfuerzos gubernamentales, aún no se ha conseguido el efecto correctivo deseado. Ha hecho carrera en el Sistema la ruptura de las prácticas comerciales aceptadas en Colombia y el mundo entero, relacionadas con el reconocimiento y pago de los intereses en los casos de mora.  

La ruptura de las normas más elementales en la relación entre empresas respecto a las obligaciones monetarias, sus efectos y las consecuencias y responsabilidades financieras que de ellas se derivan, falsea toda condición de mercado y crea de hecho una subcultura que los empresarios e inversionistas de cualquier nacionalidad no están dispuestos a aceptar. Esta situación ha ocasionado, a su vez, que laboratorios farmacéuticos o industrias multinacionales de productos biomédicos hayan restringido la inversión y otros hayan cerrado sus operaciones. Todo en conclusión deteriorará la calidad de los servicios.

La demora en el reconocimiento de las cuentas, no puede estar exenta de los costos financieros que conlleva para el cobrador dicha mora, pues de lo contrario seguirán vigentes las prácticas dilatorias (dado el incentivo perverso de que el deudor obtiene rentabilidad financiera con los dineros del proveedor), y se falsean los costos de las dos entidades, hecho que constituye la esencia de la subcultura citada, a la cual el Gobierno debe poner fin de inmediato.  

Una necesidad apremiante es la expedición de la anunciada norma sobre la unificación de los requisitos y formatos para la facturación de las IPS a las EPS y ARS, norma que ya lleva dos años en proceso de concertación sin que surja humo blanco para dar fin al voluntarismo de los funcionarios y empleados de EPS y ARS en este sentido, así como garantías a los prestadores de no tener más devoluciones injustificadas de sus respectivas cuentas. 

Cabe en este punto llamar la atención del Gobierno sobre la profundización de la crisis del Instituto de Seguros Sociales y por tanto sobre la necesidad de buscar salidas a la misma y no dilatar las soluciones hasta llegar al punto de que la situación se vuelva insostenible, como ha sucedido en otras entidades de menor importancia. Dos razones motivan a este llamado a la acción gubernamental; el primero la amenaza que esta crisis conlleva para la garantía de atención de la mayoría de los pacientes con enfermedades de alto costo en el país; el segundo, que la crisis está afectando seriamente a los prestadores de servicios contratistas de esta institución, como a los proveedores y a los afiliados.  

En este mismo sentido, es motivo de preocupación la próxima entrada en vigencia del Decreto 1804 de 1999, que saca del mercado a las pequeñas Administradoras del Régimen Subsidiado, que no se asocien o fusionen, con el consecuente riesgo para los pacientes de alto costo afiliados a las que no se les permita operar para la vigencia del 2001. También para los prestadores que tienen a cargo estos pacientes y que no pueden responsabilizarse de su atención si el aseguramiento no se sustituye con rapidez. Igualmente la dirección del Sistema debe tomar la medidas adecuadas para evitar que las acreencias de las entidades que dejen de operar pasen a ser irrecuperables. 

En relación también con el Régimen Subsidiado, debe ser motivo de reflexión el hecho de que la UPC no haya crecido como estaba previsto en la Ley e incluso su reducción en pesos constantes mediante la congelación acordada en 1999. Cabe señalar igualmente las limitaciones financieras que enmarcan su operación, como el incumplimiento de los aportes del presupuesto y la inexistencia de los ya citados recursos derivados de la explotación petrolera.  La ausencia de dichos ingresos al Sistema ha dificultado en grado sumo la transformación de recursos de la oferta a la demanda, dado el lento avance de cobertura del Régimen Subsidiado tanto en cobertura de afiliados como en su plan de beneficios. 

Es claro que en el Régimen Subsidiado los problemas no son sólo de financiamiento, sino que pesan sobremanera los de liquidez del Sistema, dada la enorme complejidad de pasos presupuestales y legales que deben agotarse para los contratos colectivos de aseguramiento, por parte de la nación y las entidades territoriales y municipales. Esta contratación enmarcada en lo público, con todos los vicios y problemas atribuidos a la administración pública, es contraria a la eficiencia que buscó el Sistema y que se logró en el Régimen Contributivo mediante la operación de la Subcuenta de Compensación. El camino del Contributivo debe ser el ejemplo a seguir, con un manejo financiero eficiente de los recursos hacia las aseguradoras, donde los entes territoriales planifiquen y dirijan los subsidios, pero no necesariamente manejen los dineros para el pago de estos subsidios de aseguramiento. 

Por otra parte se deben señalar como lesivas al Sistema, ciertas prácticas adoptadas por algunas EPS y ARS, como el hecho de que no se correspondan los incrementos anuales de la UPC con los incrementos de tarifas, ni en el monto ni en el período. Es necesario por tanto que la dirección del Sistema constituya herramientas que se traduzcan en una garantía para que  los prestadores no deban absorber el efecto inflacionario, con las respectivas  consecuencias financieras.   

Si a lo anterior se suma el grave peso que significa la devaluación sobre el incremento de costos de los insumos y equipos indispensables para la prestación de los servicios, especialmente los relacionados con la atención de enfermedades de alto costo, que en su gran mayoría siguen siendo importados -devaluación que no compensan las tarifas y ni siquiera la Unidad de Capitación-, puede entenderse claramente que en los últimos años el incremento de ingresos no compensa el incremento de los costos de las IPS, por lo que se reducen sensiblemente los márgenes de rentabilidad hasta mostrarse negativos o afectar los servicios.

 

Consideraciones finales

Las instituciones prestadoras de servicios de salud especializadas en las enfermedades de alto costo, de alta complejidad o de cuarto nivel -como se ha dado en llamar con el desarrollo del Sistema General de Seguridad Social en Salud- han surgido en Colombia, al igual que en otros países del mundo, ligadas a la estabilidad financiera que genera un sistema de aseguramiento, bien sea este estratificado o globalizado, y tan sólo aparecen en los sistemas de oferta de servicios a cargo del Estado en virtud de programas especialmente financiados y protegidos, no en forma espontánea.

La razón de lo anterior es que el surgimiento y desarrollo de estas instituciones especializadas implica multimillonarias y constantes inversiones en recursos físicos y tecnológicos para alcanzar estándares internacionales de calidad, que suelen lograrse tan sólo en un esfuerzo continuo y sostenido por varios años, e incluso por décadas.  Si la condición de estabilidad de ingresos que hace posible el desarrollo de estas instituciones no se da en un Sistema de Salud, el desarrollo tecnológico se frena y la calidad de los servicios se afecta, por lo que se convierte en un riesgo su prestación en condiciones inadecuadas, hecho comprobable en otros países o incluso en instituciones con situaciones de inestabilidad y en mercados descontrolados.

Nuestro país se precia hoy de mostrar un alto desarrollo en servicios de salud de alta complejidad frente a otros países del área. Las inversiones realizadas durante las últimas décadas han sido en su gran mayoría privadas, para construir grandes y afamadas instituciones que hoy prestan servicios a miles de colombianos cada año en enfermedades cardiacas, renales, en cirugía y trasplantes. El empleo generado por estas instituciones se ha incrementado sin cesar.  Su desarrollo es el desarrollo mismo del país.

El Sistema General de Seguridad Social en Salud ha impulsado enormemente este desarrollo antes limitado por la cobertura exclusivamente laboral del Instituto de Seguros Sociales y las Cajas de Previsión. Por otra parte, la financiación de las enfermedades de alto costo deja de ser un problema para los países cuando su costo se divide en los sistemas de aseguramiento por una base poblacional grande y se transforma en una reducida porción del per cápita gastado en aseguramiento. Al mismo tiempo este sistema permite enfrentar graves epidemias como el SIDA, capaces de desestabilizar las economías de otras naciones o amenazar la vida de generaciones enteras y prepara al país para la transición demográfica y los consecuentes efectos epidemiológicos relacionados con las enfermedades del desarrollo y la mayor expectativa de vida.

Por todo lo expuesto, las instituciones prestadoras de servicios de salud dedicadas a la atención de enfermedades de alto costo hacen este llamado a la estabilidad necesaria de las reglas de juego y de las condiciones financieras de operación que garanticen poder ofrecer a los colombianos unos servicios vitales con el óptimo desarrollo científico y tecnológico. Igualmente expresan su apoyo incondicional al Sistema General de Seguridad Social en Salud y propenden por el desarrollo de los principios de universalidad y eficiencia, con base en el esfuerzo de todos los colombianos, especialmente los actores del Sistema y el Gobierno.

Especialmente apoyan al Gobierno en el propósito de consolidar la libre elección de los afiliados del Sistema, tanto de EPS o ARS como de IPS, condición "sin equa non" es posible garantizar que los esfuerzos financieros y tecnológicos no se vayan al traste por decisiones unilaterales de personas o entidades que no comprenden la magnitud y trascendencia de estos servicios para el país. Tan sólo la libertad real de los afiliados para escoger la institución prestadora garantizará a mediano y largo plazo la eficiencia y la calidad en los servicios de salud en Colombia.

 


Regresar a Portada