Opiniones


Los lectores opinan:

 

Señores Salud Colombia:

Nuevamente en crisis los  Hospitales del Distrito. Tal como se dice en el editorial del  presente número de  la revista, llega el fin de año y los Hospitales arratrándose. Pero para una buena enfermedad peor remedio: El Doctor LUIS GONZALO MORALES  hasta el 6 de Octubre pasado Secretario de Salud de Bogotá (GRACIAS DIOS MIO) decidió con agudeza y perspicacia que la crisis de los hospitales  se debe ni más ni menos a que tienen muchos empleados y prestan demasiados servicios así que organizó una poda tanto de lo uno como de  lo otro, pues SEPANLO los hospitales son  mejores  en la medida en que menos servicios presten y por lo tanto menos empleados tengan.
Ahora fueron médicos, odontólogos, auxiliares de enfermería, aseadoras, porteros, secretarias, jefes de grupo y diez gerentes.
Nada garantiza que  el recorte no siga despues con lo poco  que dejaron.
Dicho sea de paso los gerentes que quedaron aprovecharon para  aumentarse el sueldo
en más de un cincuenta por ciento y aumentar el números de =asesores=.
Nadie dijo nada de la millonada que lasecretaría se gastó en su nueva y colosal sede del antiguo matadero municipal de nestra benemérita y querida ciudad capital.
Nada con respecto al costo delos asesores de media hora por semana que pululanenla secretaría de salud.
Lo único importante es que merced a la nueva figura de la fusión hospitaria redujeron servicios y redujeron nómina ( No es esto acaso el equivalente de uncierre?).

El Pediatra que prestaba sus servicios en Trinidad Galán lo mandaron a Bosa pues ni en Trinidad Galán ni en Kennedy hay suficientes niños para llenarle la consulta ( Ahora cuéntenme uno de hadas). Ahora los niños de Trinidad Galán , y por supuesto de Kennedy, deberán conformarse con ir al médico General y que éste los envíe a la consulta Pediatrica de Kennedy Tercer nivel, muy buena por cierto, pero terriblemente congestionada, colas desde las dos de  la mañana y citas a dos o tres meses...
Y varios centenares de trabajadores que ahora engrosarán las filas de desempleados, y por supuesto de beneficiarios del SISBEN.
Eso si que es un claro ejemplo de política social.
El que quieramás que le piquen caña....


Carlos Fajardo. MD.  Hospital Juan XXIII

caifas@tutopia.com
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Srs. Salud Colombia

En primera instancia les envio un cordial saludo y los felicito por su revista, la cual ayuda tanto a profesionales de la salud como a quienes no lo somos a aclarar un sinnumero de dudas.
soy jefe de control interno del hospital san rafael de yolombo, y luego de sufrir una restructuracion se ha omitido la creacion del cargo de auditor medico. debido a que segun el informe, estas funciones las puede asumir el director cientifico.
les pido muy comedidamente su colaboracion, enviandome informacion sobre las funciones de la oficina de auditoria medica y al igual sobre los requisitos que debe cumplir la persona encargada de esto. osea el perfil del cargo.
de antemano muchas gracias

RAFAEL ANDRES PEREZ VILLEGAS

Ingeniero industrial. E.S.E hospital san rafael de yolombo

rapevi_75@yahoo.com

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Srs.
Salud Colombia

Muy interesante y real la editorial de su importante revista, por lo que ustedes mencionan y porque no se hace nada para que las cosas cambien "todo sigue igual" tanto en el sector salud como en los demás sectores. Lamentablemente  por esto tenemos el país que hoy tenemos, ya que levamos lustros en "la crisis de fin de año".
 
Los felicito por su revista, me parece muy buena, realista, objetiva  y los articulos siempre muy interesantes. CONTINUEN ASÍ.
 
Marlene Rojas.

casmar@cable.net.co 

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Srs:
Salud Colombia

Es muy enriquecedor conocer las diferentes opiniones sobre el desarrollo del SGSSS en Colombia, pero serìa aun mas interesante que se hiciera una análisis detallado de la evolución que ha tenido el sistema en el distrito capital. Y por consiguiente las decisiones tomadas en relaciòn al "Pago prostectivo" que ha ideado el SDS, convirtiendo el sistema
en una amenaza para varias profesiones involucradas en la prestaciòn de los servicios, al considerar sus procedimientos como intermedios y sin ninguna capacidad de pago, como son:
- Laboratorio clìnico,
- Imagenes diagnósticas,
- Terapias,
- Nutriciòn,
_ Psicologìa, etc.
Cömo es posible que los procedimientos que ofrecen estas especialidades no sean considerados como tratamiento a atenciòn final de un usuario, el cual debe entregarse a su medio social, laboral y familiar en las mejores condiciones de salud posibles.
Gracias.

Nubia Norato. 

Fisioterapeuta y administradora hospitalaria.  Hospital el Tunal ESE Bogota

numita@conexcol.com
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SRS SALUD COLOMBIA

SOMOS UN GRUPO DE ESTUDIANTES DE LA UNIVERSIDAD JORGE TADEO LOZANO DE BOGOTA DE ADMINISTRACION DE SISTEMAS DE INFORMACION SEMESTRE 11 NOCTURNO.  Y ESTAMOS BUSCANDO APOYO FINANCIERO PARA CONTINUAR CON UN PROYECTO QUE QUEREMOS IMPLANTAR EN EL HOSPITAL SAN JORGE FUCION HOSPITAL RAFAEL URIBE URIBE.  PERO QUE NO HEMOS PODIDO CONTINUAR POR FALTA DE RECURSOS.

 
QUEREMOS QUE POR INTERMEDIO DE USTEDES NOS CONTACTEN CON LAS PERSONAS ENCARGADAS ESTOS PRESUPUESTOS.
 
Att El grupo de los Tres
 
CUALQUIER INFORMACION FAVOR ENVIAR E-MAIL
 
acss@latinmail.com
ang_sanchez@usa.net
 

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Srs. Salud Colombia:


opinion:  Excelente.Muy bien dirigida ajustada a las necesidades de los lectores.
Sugiero abrir espacios para temas técnicos en auditoria en salud.
¡Felicitaciones!

Héctor Eduardo Sánchez Sierra

Médico. Auditor Méd. Comfama. U. Control de Gestión

HSanches@comfama.com.co

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Srs. Salud Colombia:

Los quiero felicitar por la buena información que se le brinda a los navegantes.  Les recomiendo brindar información a los estudiantes que se van a graduar acerca de las condiciones necesarias para buscar rural,  al iggual que los sitios o plazas disponibles.

Gracias
cordialmente

Maria Fernanda Sarria
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Odontologia  Universidad El Bosque

mafesarria@hotmail.com

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Srs. Salud Colombia

Cordial Saludo.
 
He leido con detenimiento el reportaje realizado en la edicion 51 al Senador Jesus Enrique Piñacue, y deseo hacerles algunas precisiones frente a algunos de los planteamientos realizados en el mismo, que espero les sean de utilidad.
 
Es cierto que se han presentado cambios importantes en materia de salud desde la expedición de la Ley 100, sin embargo al tenor de esta se ha desarrollado una amplia legislacion en relación con la atención en salud a las comunidades indígenas como producto de todo el proceso adelantado.
 
En ese marco por ejemplo, buena parte de los temas planteados en el Proyecto de Ley por medio del cual se Reglamenta la Participacíon de los Pueblos Indigenas en el Sistema General de Seguridad Social en Salud, ya han sido normatizados, algunos de los cuales con mayor amplitud de la comtemplada en el mismo.
 
Por ejemplo, cuando se habla de los contenidos del POS-S. Reconociendo los elementos planteados por el Senador en relación con la prevalencia de unas patologias y unos comportamientos culturales relacionados con la no medicalizacion de procedimientos como el parto;  el Plan Obligatorio de Salud Subsidiado debe ser concertado en comunidades indigenas, lo cual nos da la posibilidad en estos momentos de que existan tantas propuestas de POS-S, como procesos de concertación se adelanten. en tal sentido el Acuerdo 72 del CNSSS establece:
 
"ARTICULO 8.- Plan Obligatorio de Salud para comunidades indígenas. El contenido del Plan Obligatorio de Salud Subsidiado para las comunidades indígenas podrá ser ajustado y concertado entre las comunidades indígenas, las administradoras del régimen subsidiado y la entidad territorial , con aprobación de los Consejos Territoriales de Seguridad Social en Salud, dentro del tope máximo de la UPC subsidiada. Igualmente deberán ser concertadas las formas de prestación de servicios del POS objeto de la concertación y las IPS que constituyen la red prestadora."
 
En relacion con la pregunta de si: "Los subsidios se deben dar a una persona porque pertenezca biológicamente a la etnia indigena, así sea una persona rica, que tenga su propio negocio, que este desvinculado de su sociedad y cultura; o se deben otorgar al grupo que vive en comunidad, en una organizacion economica y social distinta?". E igualmente en relacion con la respuesta dada por el Senador en la que plantea: " ...Asi entonces, por mas que yo sea un senador, y por mas que en algunos momentos tenga que vivir en Bogota, yo soy sujeto de derechos de los pueblos indigenas, primero, y, despues del derecho a ser colombiano".
 
En ambos sentidos es importante que se tenga en cuenta, que los derechos especiales de los grupos etnicos solo pueden ser usufructuados por las personas o poblaciones legalmente reconocidas, de acuerdo con las leyes colombianas. De igual manera, que el concepto de "la diferenciacion positiva" establecido en la Constitucion Colombiana en favor de los grupos etnicos, apunta básicamente a reconocer las desventajas y marginalidad en la que se encuentran importantes sectores de la poblacion y a generar mecanismos para facilitar el acceso en condiciones de igualdad a todas las posibilidades que este plantea. No esta buscando crear nuevas inequidades.
 
Por todo lo anterior, el Acuerdo 77 del CNSSS plantea en relacion con el acceso al Regimen Subsidiado por parte de las comunidades indigenas:

"ARTICULO 4.- Identificación de beneficiarios pertenecientes a comunidades Indígenas. Las comunidades indígenas no están obligadas a aplicar el SISBEN. El Gobernador del Cabildo entregará al Alcalde del municipio un listado censal con el nombre, fecha de nacimiento, número de identificación, parentesco, sexo y discapacidad si la presenta, de las personas pertenecientes a su comunidad que deben ser beneficiarias del Régimen Subsidiado.

PARAGRAFO. Los indígenas que pertenezcan al régimen contributivo, por ser servidores públicos o empleados del sector privado, pensionados, o por desarrollar alguna actividad económica que les permita tener capacidad de pago, no podrán pertenecer al régimen subsidiado."

Todo lo anterior, sin detrimento de otros derechos de los cuales no pueden ser excluidos ninguno de los miembros de los grupos étnicos independientemente de su status social, como los indigenas, los afrocolombianos o los pueblos Rom. Por ejemplo, el derecho a no ser discriminados en razon de su pertenencia etnica, el respeto a su cultura e identidad, el derecho a utilizar su lengua, etc.

Finalmente, el campo de la particularizacion de la atencíon en salud a las comunidades indigenas es muy amplio y contempla entre otras cosas, tambien la concertacion del Plan de Atencion Basica y la selección comunitaria de la Administradora del Regimen Subsidiado a la cual se afiliaran todos sus miembros, buscando mantener la unidad etnica; sin detrimento de los indigenas que independientemente quieran escoger una Administradora diferente.

Cordialmente,

Rosa C.Garcia Anaya

Coord. Asuntos Etnicos Min-Salud

 rgarcia@minsalud.gov.co 

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