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Servicio de Salud Colombia


 

MINISTERIO DE SALUD

RESOLUCION 1745 DE 2000

Por la cual se modifica la fecha de entrada en vigencia de la Resolución 412 de 2000 que establece las actividades, procedimientos e intervenciones de demanda inducida y obligatorio cumplimiento y adopta las Normas Técnicas y Guías de Atención para el desarrollo de las acciones de protección específica y detección temprana y la atención de enfermedades de interés en salud pública.

EL VICEMINISTRO DE SALUD ENCARGADO DE LAS FUNCIONES DEL

DESPACHO DEL MINISTRO DE SALUD

 

En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas por el artículo 173 de la Ley 1 00 de 1993 y

 

CONSIDERANDO

 

Que Para el adecuado, seguimiento y evaluación de las actividades procedimientos e intervenciones de obligatorio cumplimiento y demanda inducida, definidas en el Acuerdo 117 del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud y reglamentadas mediante Resolución 412 de Febrero de 2000 es preciso contar con ajustes y desarrollos del Sistema Integral de Información en Salud, para garantizar la implementación y registro de las actividades mencionadas.

Que de acuerdo con lo establecido en el Sistema de Fortalecimiento de la Gestión de las administradoras, se hace necesario desarrollar el proceso de ajuste de los parámetros de programación de acuerdo con la información del comportamiento poblacional a validar con las aseguradoras.

Que las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y las Administradoras de los regimen contributivo y subsidiado, requieren un período mayor para la realización de los ajustes que permitan la adecuada implementación de la resolución 412 de 2000.

Que se requiere mayor difusión de las normas técnicas y guías de atención en los ámbitos departamental y municipal.

Que resulta positivo para el Sistemal General de Seguridad Social en Salud, perfeccionar el Sistema de Fortalecimiento de la Gestión de las Aseguradoras frente a las acciones de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública.

 

RESUELVE:

Artículo 1. Modificación en el Régimen Contributivo: Aplazar la aplicación de la Resolución No. 412 de febrero de 2000 en cuanto al cumplimiento de las actividades, procedimientos e intervenciones de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública adoptadas mediante la Resolución en mención, hasta el primero de enero de 2001.

Artículo 2. Modificación en el Régimen Subsidiado: Aplazar la aplicación de la Resolución No. 412 de febrero de 2000 en cuanto al cumplimiento de las actividades, procedimientos e intervenciones de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública adoptadas mediante la Resolución en mención, hasta el primero de Abril de 2001.

Artículo 3. Actividades de promoción y prevención a desarrollar durante el segundo semestre del año 2000.Hasta tanto entren en vigencia las normas técnicas y guías de atención adoptadas en la Resolución 412 de Febrero 25 de 2000, continuará aplicándose la Resolución 3997 de 1996 y las disposiciones establecidas en la circular conjunta Ministerio de Salud - Superintendencia Nacional de Salud Número 018-074 de 1998.

Artículo 4. Vigencia. La presente Resolución rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias y en particular el Artículo 20 de Resolución 412 de Febrero 25 de 2000.

PUBLIQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santafé de Bógotá, a los 30 de Junio de 2000

 

MAURICIO ALBERTO BUSTAMANTE GARCIA

Viceministro de Salud Encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Salud

 


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