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Servicio de Salud Colombia


MINISTERIO DE PROTECCION SOCIAL


CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

ACUERDO NUMERO 276 DE 2004

 

NORMA

DIARIO

FECHA_DIARIO

Acuerdo 276

45.751

3/12/2004

 

 

Por el cual se modifica el presupuesto del Fosyga para la vigencia 2004 y los Acuerdos 256 y 269 del CNSSS.

 

El Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud,

 

en ejercicio de las facultades conferidas en el numeral 12 del artículo 172 de la Ley 100 de 1993 y el numeral 2 del artículo 6o del Decreto 1283 de 1996 y en desarrollo del parágrafo 1o del artículo 6o del Decreto 2131 de 2003, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud, CNSSS, mediante Acuerdo 256 aprobó el presupuesto del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, para la vigencia fiscal del 1o de enero al 31 de diciembre de 2004, el cual fue modificado por el Acuerdo 269 del CNSSS;

Que el comportamiento del Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación con corte a septiembre de 2004, refleja una ejecución que supera lo proyectado para la vigencia en el concepto de ingresos "Recaudo Proceso de Compensación UPC - Con situación de Fondos", "Recaudo Régimen excepción", "Rendimientos Financieros Inversiones", "Rendimientos Financieros Cuentas de Recaudo-EPS" y del monto apropiado en los subproyectos de gasto "Déficit Proceso Compensación - Fosyga" e "Incapacidades por enfermedad general";

Que dada la ejecución del presupuesto de ingresos a septiembre de 2004, es viable efectuar un reaforo al presupuesto de ingresos de la Subcuenta de Compensación del Fosyga por valor total de $340.000.000.000 de los conceptos de ingresos antes mencionados, de acuerdo con la certificación de ejecución presupuestal y la proyección efectuada por la Dirección de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social;

Que con base en los Estados Financieros de la subcuenta de compensación del Fosyga con corte a 31 de diciembre de 2003, se liquidaron excedentes financieros por valor total de $587.753.188.549, de conformidad con los estados financieros dictaminados por el Revisor Fiscal del Fosyga, de los cuales se incorporaron al presupuesto mediante Acuerdo 256 $226.860.566.132, quedando un saldo sin incorporar por valor total de $360.892.622.417, siendo posible una incorporación de $70.000.000.000;

Que la ejecución presupuestal de los subproyectos de la subcuenta de compensación "Déficit Proceso Compensación" e "Incapacidades por Enfermedad General" hacen necesaria una adición por valor de $390.000.000.000 y $20.000.000.000, respectivamente, con el fin de atender los compromisos de estos subproyectos;

Que las situaciones descritas anteriormente frente al proceso de compensación hacen necesaria igualmente una adición al presupuesto de ingresos y gastos de esta subcuenta por $130.000.000 en el concepto de ingresos "Rendimientos financieros subcuenta de solidaridad y promoción para el Régimen de Madres Comunitarias y en el gasto en el subproyecto "Régimen Especial Madres Comunitarias", para lo cual se cuenta con la certificación de ejecución presupuestal y la proyección efectuada por la Dirección de Financiamiento del Ministerio de la Protección Social;

Que el artículo 10 del Acuerdo 256 de 2004, determinó que "(¿) los recursos de la Subcuenta ECAT para financiar la atención en salud de la población desplazada por la violencia no afiliada sin capacidad de pago (...), se destinarán del presupuesto aprobado para la subcuenta ECAT en la Ley 848 de 2003 $55.800.000.000. De estos recursos se utilizarán $21.300.000.000 para concurrir en la financiación de la atención en salud de la población desplazada por la violencia no afiliada sin capacidad de pago, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2131 de 2003 y $34.500.000.000 para el pago de las reclamaciones de que trata el Acuerdo 247 del CNSSS";

Que en la presente vigencia se ha dado ordenación del gasto de 408.030 reclamaciones por valor de $34.500.000.000, agotando el valor determinado por el CNSSS para el pago de las reclamaciones de que trata el Acuerdo 247 de 2003 del CNSSS y se encuentran 60.233 reclamaciones por valor de $8.160.319.420 auditadas y aprobadas por el Administrador Fiduciario del Fosyga pendientes de pago y que por lo tanto, se hace necesario modificar la distribución inicial para atender el mayor número de reclamaciones trasladando de los recursos disponibles al interior de la subcuenta la suma de $7.000.000.000, de tal forma que se disponga de una apropiación para el pago de estas reclamaciones por $41.500.000.000;

Que teniendo en cuenta los mayores pagos previstos a realizar se requiere efectuar un traslado del presupuesto destinado al pago de la comisión fiduciaria de la subcuenta ECAT en $1.000.000.000;

Que analizada la ejecución de los diferentes Subproyectos de la Subcuenta ECAT del Fosyga, es posible trasladar a recursos de los Subproyectos 2 "Apoyo Reclamaciones Víctimas Acciones Terroristas", Subproyecto 3 "Apoyo Reclamaciones Víctimas Catástrofes Naturales" y Subproyecto 5 "Apoyo Reclamaciones Víctimas Reserva Especial - Excedentes Víctimas Atentados y Catástrofes" y de esta forma continuar con el pago de las reclamaciones de que trata el Acuerdo 247 de 2003 del CINSSS y de la comisión fiduciaria;

Que el presente Acuerdo, de conformidad con lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo 31 del CNSSS, cuenta con concepto previo favorable de la Oficina Asesora Jurídica y de Apoyo Legislativo del Ministerio de la Protección Social por considerarlo ajustado a las normas vigentes, el cual se anexa al acta correspondiente,

 

ACUERDA:

 

Artículo 1o. Adicionar el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Subcuenta de Compensación para la vigencia 2004, así:

 

Subcuenta compensación

 

INGRESOS

 

Recaudo Proceso de Compensación

UPC-Con Situación de fondos                                                             $311.000.000.000

Recaudo Régimen de Excepción                                                            $8.000.000.000

Rendimientos Financieros Inversiones                                                   $18.000.000.000

Rendimientos Financieros Cuentas Recaudo EPS                                   $3.000.000.000

Excedentes Financieros                                                                       $70.000.000.000

Rendimientos Financieros Subcuenta Solidaridad

y Promoción para el Régimen

de Madres Comunitarias                                                                          $130.000.000

TOTAL INGRESOS                                                                           $410.130.000.000

GASTOS

Déficit Proceso de Compensación- Fosyga                                         $390.000.000.000

Incapacidades por Enfermedad General                                                $20.000.000.000

Régimen Especial madres comunitarias                                                   $130.000.000

TOTAL GASTOS                                                                              $410.130.000.000

 

Artículo 2o. Efectuar un traslado en el Presupuesto de gastos de la Subcuenta ECAT del Fosyga para la vigencia 2004, así:

 

Contracrédito

Mejoramiento de la red de urgencias y atención de riesgos

catastróficos y accidentes de tránsito- Subcuenta ECAT del Fosyga     $1.000.000.000

Crédito

Apoyo técnico auditoría y remuneración fiduciaria                             $ 1.000.000.000

Artículo 3o. Realizadas las anteriores modificaciones, el Presupuesto del Fosyga para la vigencia 2004, quedará así:

Artículo 3o. Modificar el artículo 10 del Acuerdo 256, el cual quedará así: Los recursos de la Subcuenta ECAT para financiar la atención en salud de la población desplazada por la violencia no afiliada sin capacidad de pago, se destinarán del presupuesto aprobado para la subcuenta ECAT en la Ley 848 de 2003 $62.800.000.000. De estos recursos se utilizarán $21.300.000.000 para concurrir en la financiación de la atención en salud de la población desplazada por la violencia no afiliada sin capacidad de pago de acuerdo con lo establecido en el Decreto 2131 de 2003 y $41.500.000.000 para el pago de las reclamaciones de que trata el Acuerdo 247 de CNSSS.

Artículo 4o. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de publicación en el Diario Oficial y modifica el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fosyga para la vigencia fiscal 2004.

 

 

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 

 

El Ministro de la Protección Social,

Diego Palacio Betancourt.

Presidente CNSSS.

 

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Berrera.

 

El Secretario Técnico,

Eduardo Alvarado Santander.

 

 


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