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Servicio de Salud Colombia


MINISTERIO DE SALUD  

CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

  ACUERDO NUMERO  221 DE 2002

 

Por el cual se establece un nuevo término para la entrega de una información

 

EL CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las otorgadas en los artículos 172 y 182 de la Ley 100 de 1.993.

 

CONSIDERANDO

Que mediante el Acuerdo 217 se definió un mecanismo para el  reconocimiento de la desviación del perfil epidemiológico de la atención en salud del régimen contributivo, dentro del cual las EPS y demás Entidades Obligadas a Compensar (EOC) deben entregar la información correspondiente a los eventos definidos por el CNSSS en dicho acuerdo durante los veinte (20) primeros días calendario de cada mes .

Que el Ministerio de Salud en atención al parágrafo 1° del artículo 2° del Acuerdo 217, definió los códigos, denominaciones y contenidos de los eventos a reportar así como sus especificaciones técnicas, mediante la Resolución 139 de 2002 publicada en el Diario Oficial 44717 del 21 de febrero de 2002.

Que dado lo anterior, algunas EPS y Entidades Obligadas a Compensar (EOC), manifestaron la necesidad de modificar el plazo de entrega de la información del periodo Enero de 2002.

ACUERDA

ARTICULO PRIMERO.  ENTREGA DE LA INFORMACIÓN DE ENERO DE 2002 DE MANERA EXCEPCIONAL: La información de que trata el artículo 4° del Acuerdo 217,  correspondiente al mes de Enero de 2002, deberá ser presentada a la Dirección de Aseguramiento del Ministerio de Salud durante los veinte (20) primeros días calendario del mes de Marzo de 2002.

ARTÍCULO SEGUNDO.- Vigencia.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación en el  Diario Oficial.

 

  PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D. C., a los                       de 2002

 

 

GABRIEL ERNESTO RIVEROS                 JUAN MANUEL SANTOS

Presidente CNSSS                Ministro de Hacienda y Crédito Público

              

 

CARLOS MARIO RAMÍREZ RAMÍREZ

Secretario Técnico CNSSS

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

DEL ACUERDO POR EL CUAL SE ESTABLECE UN NUEVO TÉRMINO PARA LA ENTREGA DE UNA INFORMACIÓN

 

Con la aprobación por parte del Consejo Nacional de Seguridad Social en Salud del Acuerdo 217, se definió un mecanismo para el  reconocimiento de la desviación del perfil epidemiológico de la atención en salud del régimen contributivo, dentro del cual las EPS y demás Entidades Obligadas a Compensar (EOC) entregan la información correspondiente a los eventos definidos por el CNSSS en dicho acuerdo durante los veinte (20) primeros días calendario de cada mes.

El Ministerio de Salud, dando cumplimiento a lo señalado en el parágrafo 1° del artículo 2° del Acuerdo 217, definió los códigos, denominaciones y contenidos de los eventos a reportar así como sus especificaciones técnicas, los cuales fueron adoptados mediante la Resolución 139 de 2002.

Sin perjuicio de la fecha de publicación de esta resolución, el Ministerio de Salud además de haber trabajado conjuntamente con las EPS en la definición de los contenidos de la misma, difundió desde el 8 de febrero de 2002 la versión final firmada por el Dr. GABRIEL ERNESTO RIVEROS DUEÑAS, Ministro de Salud, con la que se les dio vía libre a las EPS para iniciar la consolidación de esta información.

No obstante lo anterior, algunas EPS manifestaron la necesidad de modificar el plazo de entrega del reporte del periodo Enero de 2002, por cuanto se presentaron inconvenientes al momento de consolidar la información, básicamente sustentados en el plazo que se dio entre la difusión de la versión definitiva de las especificaciones técnicas del reporte (Res. 139/02) y el 20 de febrero/02.


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